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La imparcialidad

Imparcialidad: Hermosa palabra, pero de difícil aplicación en el ámbito político. Sin embargo, debería ser incuestionable en el ámbito judicial.

Hoy el Consejo de Ministros (del Gobierno de España) ha tomado una decisión sin precedentes en la democracia española, al instar la recusación de dos magistrados del Tribunal Constitucional, ambos del que se ha dado en llamar sector conservador. La cuestión no es banal: el Gobierno pretende, si la recusación tiene finalmente éxito, romper el equilibrio (ese del que, aparentemente, echaba pestes la vicepresidenta en el pasado desfile militar del Día de la Hispanidad) en la composición del Pleno de dicho tribunal, que deberá resolver el recurso del PP a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que prorroga automáticamente el mandato de su actual presidenta hasta que se produzca la renovación del mismo. Detrás de esta batalla está, nada más y nada menos, que la resolución del conflicto de anticonstitucionalidad de algunos de los preceptos del Estatut de Catalunya, que, no hay que olvidar, se ha erigido en la piedra angular de la reforma constitucional encubierta iniciada por la Z de Zapatero, en su particular visión de la España (federal, o algo así) de las autonomías.

Pero hay que estar tranquilos. La vicepresidenta de la Vega, en su habitual rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, ha dejado claro que con el recurso lo que el Gobierno pretende no es volver a una posición supuestamente ventajosa en el TC, sino que busca sólo “garantizar y preservar la imparcialidad de los jueces”. Esa es la verdaZ.

Matías Alonso

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